Entidad sobre la que recae el derecho de participación |
Tipo de vínculo |
Descripción o detalle del vínculo |
Fecha de inicio |
Fecha de término |
Fuente legal del vínculo |
Enlace a la norma jurídica o convenio que lo justifica |
Convenio de Colaboración Intersector de Actividades de Promoción, Prevención y Control del Vih/Sida y las Its. |
Representación |
Por este acto el Ministerio de salud y el Ministerio de Defensa Nacional de Chile se comprometen, de acuerdo a los medios asignados y disponibles, dentro de sus respectivas facultades y competencias, a contribuir al logro de los Objetivos Sanitarios de la Década 2011-2020 en VIH/SIDA e ITS, así comode las políticas y normativas del Ministerio de Salud en relación a la Promoción de Salud Sexual, la Prevención y Control del VIH/SIDA y las ITS, y la no discriminación a las poblaciones vulnerables a la epidemmia del VIH/SIDA. |
11-03-2013 |
31-12-2020 |
Resolución exenta N° 1773, de fecha 25 de febrero de 2014, del Ministerio de Defensa Nacional. |
Ver |
Comité Nacional para las Montañas |
Representación |
Créase el Comité Asesor denominado "Comité Nacional para las Montañas", en adelante "el Comité", con el objeto de asesorar al Ministro de Relaciones Exteriores y servir de instancia de coordinación a los distintos órganos del Estado e instituciones vinculados con el cumplimiento de los objetivos de la "Alianza para las Montañas" en el mejoramiento de la calidad de vida de las poblaciones humanas en las montañas y gestión sustentable de los ecosistemas montañosos. |
12-09-2014 |
indefinido |
Decreto N° 108, de fecha 12 de septiembre de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1066370 |
Comité Asesor Cambio Climático |
Representación |
Créase el Comité Operativo, denominado "Comité Asesor sobre Cambio Climático" |
19/04/2013 |
indefinido |
Resolución N° 197, de fecha 17 de mayo de 2013, del Ministerio de Medio Ambiente. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1051180 |
Comité Nacional de Áreas Protegidas |
Representación |
El comité tendrá como propósito central estudiar, analizar, evaluar y proponer al Ministerio del Medio Ambiente, las acciones, políticas, programas, planes, normas y proyectos asociados a la creación, manejo y financiamiento de las áreas protegidas, así como constituirse en una instancia de apoyo técnico y consulta en estas materias, sin perjuicio de las competencias sectoriales de cada institución pública integrante de este comité. |
03/02/2014 |
indefinido |
Resolución Exenta N° 83, de fecha 3 de febrero de 2014, del Ministerio de Medio Ambiente. |
Ver |
Comité de Especies Exóticas e Invasoras (COCEI). |
Representación |
El COCEI tendrá la misión de proponer a la autoridad competente acciones, programas, planes y proyectos asociados a la prevención, control o erradicación de las especies exóticas invasoras que puedan impactar negativamente la biodiversidad, en lo relativo a especies, genes y ecosistemas nativos y endémicos, así como servir de instancia consultiva en estas materias, sin perjuicio de las competencias sectoriales de cada servicio público integrante de este comité. |
09/08/2013 |
indefinido |
Resolución Exenta N° 684, de fecha 9 de agosto de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente. |
Ver |
Comité Nacional de Humedales |
Representación |
Se acuerda aprobar la Estrategia Nacional de Humedales 1)La necesidad del país de abordar de manera concertada, adecuada y eficiente la protección efectiva de sus espacios húmedos, promoviendo la conservación de los humedales prioritarios de Chile y de sus funciones y beneficios en un marco de desarrollo sutentable. 2) La Estrategia Nacional de Biodiversidad, aprobada en el año 2003, en la que se establece este desafio asumiendo que los humedales constituyen espacios donde se concentra biodiversidad y son determinantes en el funcionamiento de los ecosistemas y por ende la vida humana. |
27/12/2005 |
indefinido |
Acuerdo N° 287, de 27 de diciembre de 2005, del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Medio Ambiente |
Ver |
Comité Insterinstitucional de Información Ambiental |
Representación |
Su objetivo es proveer y validar información ambiental, requerida para dar cumplimiento a los deberes que en esta materia corresponden al Ministerio del Medio Ambiente y al Estado de Chile, de acuerdo a la normativa nacional e internacional vigente. |
15/03/2012 |
indefinido |
Resolución Exenta N° 0179, de fecha 15 de marzo de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente. |
Ver |
Consejo de Ministros para la Información Territorial. (IDE-CHILE (SNIT) y Comité Técnico Interministerial) |
Representación |
Créase el Sistema Nacional de Coordinación de Información Territorial, el que también podrá ser identificado mediante la sigla "SNIT", en adelante el "Sistema", como un mecanismo de coordinación interinstitucional permanente para la gestión de información territorial pública en el país, integrado por las instituciones del Estado generadoras y usuarias de dicha información, y cuyo objetivo es apoyar y optimizar la ejecución de la Política de Gestión de Información Territorial y velar por el pleno cumplimiento de ella. |
10/03/2006 |
indefinido |
Decreto N° 28 de fecha 2 de septiembre de 2006, del Ministerio de Bienes Nacionales. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=252837 |
Comisión Nacional de Uso del Borde Costero. |
Representación |
"Créase la Comisión Nacional de Uso del Borde Costero del Litoral, en adelante ""la Comisión"", cuya función principal será la de proponer al Presidente de la República acciones que impulsen la Política de Uso del Borde Costero.
Para estos efectos, se entenderá por ""Borde Costero del Litoral"", aquella franja del territorio que comprende los terrenos de playa fiscales situados en el litoral, la playa, las bahías, golfos, estrechos y canales interiores, y el mar territorial de la República, que se encuentran sujetos al control, fiscalización y supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina." |
11/01/1995 |
indefinido |
Decreto N° 475, de fecha 14 de diciembre de 1994, del Ministerio de Defensa Nacional. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=13662 |
Consejo de Política Antártica. |
Representación |
"El Consejo de Política Antártica es el organismo que tiene por función determinar las bases políticas, científicas, económicas y jurídica de la acción nacional en el Territorio Antártico Chileno.
El Consejo de Política Antártica depende del Ministro de Relaciones Exteriores." |
07/04/1998 |
indefinido |
Decreto con Fuerza de Ley N° 161, de fecha 3 de marzo de 1978, del Ministerio de Relaciones Exteriores. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=4870 |
Comité Interministerial de Derechos Humanos |
Representación |
Créase el Comité Interministerial de Derechos Humanos, cuya función será asesorar al Presidente de la República en la determinación de los lineamientos de la política intersectorial del Gobierno en materia de derechos humanos, constituyendo una instancia de información, orientación, coordinación y acuerdo para los ministerios y servicios que lo integran. |
05/01/2016 |
indefinido |
Ley N° 20.885, de fecha 5 de enero de 2016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1086063 |
Comité Interministerial para aprobar e implementar el segundo plan de acción nacional de la Resolución N°1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. |
Representación |
"1) La Resolución 1325(2000), de 31 de octubre de 2000, sobre ""Mujeres, Paz y Seguridad del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, constituye un hito histórico en el reconocimiento y defensa de los derechos de las mujeres en situaciones de conflicto armado. En consecuencia, dicho instrumento tiene como objetivo fundamental proteger a las mujeres y niñas en situaciones de conflicto armado y post conflicto, considerando especialmente su exposición a situaciones de violencia sexual, abusos por parte de combatientes y, en general, de discriminación en razón del género. También se plantea como objetivo de primer orden promover la participación de mujeres en procesos de paz, incluyendo a militares, policías y civiles en operaciones de paz; a mujeres locales en los procesos de negociación y construcción de la paz, así como a nacionales en la toma de decisiones en materia de paz y seguridad a nivel de las organizaciones estatales, regionales e internacionales.
2) Que, siguiendo las recomendaciones del Consejo de Seguridad, y a fin de hacer operativa esta Resolución, nuestro país en el año 2009 dio a conocer al mundo su primer Plan de Acción Nacional (en adelante PAN).
3) Que, debido al desarrollo internacional de la perspectiva de género y los avances de nuestro país en materia de Paz y Seguridad, en noviembre de 2011 los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa Nacional y el Servicia Nacional de la Mujer, constatando la necesidad de revisar y actualizar el PAN, consideraron pertinente incluir las nuevas resoluciones del Consejo de Seguridad que complementan la Resolución 1325, como también indicadores destinados a medir los resultados logrados en un nuevo instrumento.
" |
09/03/2015 |
indefinido |
Resolución N°1325 (2000), de fecha 31 de octubre de 2000, del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. |
Ver |
Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil. |
Representación |
Créase el "Comité Nacional de Seguridad de la Aviación Civil", en adelante el Comité, cuyo objetivo será proponer políticas generales para la prevención de los actos ilícitos contra la aviación civil, revisar la eficacia de las medidas y procedimientos de seguridad aplicados, y llevar a cabo la coordinación entre las distintas autoridades de Estado, entre ellas y con los representantes de los explotadores de aeropuertos y de aeronaves y demás actores involucrados; con el fin de asegurar la aplicación de las normas de seguridad de la aviación civil establecidas en el D.S. (Av.) Nº 45 de 2004 y el Programa Nacional de Seguridad de Aviación Civil. |
23/02/2008 |
indefinido |
Decreto N° 0034, de fecha 09 de abril de 2007, del Ministerio de Defensa Nacional. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=269425 |
Comité de Ministros para la Seguridad y Salud en el trabajo |
Representación |
"Créase un Comité de Ministros para la Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante ""el Comité"".
El Comité asesorará, de forma permanente, al Presidente de la República en la formulación de lineamientos y Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo." |
11/07/2011 |
indefinido |
Decreto N° 20, de fecha 11 de julio de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1030272 |
Comisión de Seguridad en Emergencias Radiológicas (CONCER). |
Representación |
Créase una comisión asesora presidencial de carácter técnica permanente, denominada Comisión de Seguridad en Emergencias Radiológicas (CONSER), que tendrá una composición interministerial e intersectorial, cuya misión es asesorar y apoyar en el fortalecimiento de la capacidad de prevención y reacción de las instituciones competentes ante eventos nucleares o radiológicos que puedan afectar la seguridad pública, la integridad de las personas o el medio ambiente. |
02/12/2015 |
indefinido |
Decreto N° 647, de fecha 25 de marzo de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1084823 |
Comisión Asesora Presidencial Denominada Consejo de Ministros para el Desarrollo Espacial. |
Representación |
Créase una Comisión Asesora Presidencial denominada "Consejo de Ministros para el Desarrollo Espacial", en adelante "el Consejo", que tendrá por objeto asesorar al Presidente de la República para la elaboración de las políticas públicas, planes, programas y acciones específicas destinadas a contribuir a la promoción, fomento de la actividad espacial y del uso de las tecnologías y aplicaciones espaciales. |
29/02/2016 |
indefinido |
Decreto N° 181, de fecha 28 de octubre de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1087964 |
Comité de Coordinación Biministerial de Relaciones Exteriores – Defensa |
Representación |
1) La intensificación de las actividades internacionales y de la suscripción de acuerdos bilaterales y multilaterales que vinculan a nuestro país con la comunidad internacional y en particular con la región. 2) El manejo recurrente y creciente de temas internacionales trascendentes en el ámbito de la Defensa, que requieren de un trabajo coordinado entre los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Defensa. |
26/09/1991 |
indefinido |
Orden Ministerial MDN/EMDN/DAI N° 2200/7605, de fecha 26 de septiembre de 2001, del Ministerio de Defensa Nacional. |
Ver |
Comisión de Desarrollo de la Isla de Pascua. |
Representación |
"Créase la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua que tendrá las siguientes atribuciones:
1) Proponer al Presidente de la República las destinaciones contempladas en los artículos 3° y 4° del decreto ley N° 2.885, de 1979;
2) Cumplir las funciones y atribuciones que el decreto ley N° 2.885, de 1979, entrega a la Comisión de Radicaciones." |
05/10/1993 |
indefinido |
Ley N° 19.253, de fecha 5 de octubre de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30620 |
Consejo de Monumentos Nacionales. |
Representación |
"Son atribuciones y deberes del Consejo:
1.- Pronunciarse sobre la conveniencia de declarar Monumentos Nacionales los lugares, ruinas, construcciones u objetos que estime del caso y solicitar de la autoridad competente la dictación del decreto supremo correspondiente.
2.- Formar el Registro de Monumentos Nacionales y Museos.
3.- Elaborar los proyectos o normas de restauración, reparación, conservación y señalización de los Monumentos Nacionales y entregar los antecedentes a la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas y Transportes para la ejecución, de común acuerdo, de los trabajos correspondientes, sin perjuicio de las obras que el Consejo pudiera realizar por sí mismo o por intermedio de otro organismo y para cuyo financiamiento se consultaren o se recibieren fondos especiales del Presupuesto de la Nación o de otras fuentes.
4.- Gestionar la reivindicación o la cesión o venta al Estado o la adquisición a cualquier título por éste, de los Monumentos Nacionales que sean de propiedad particular.
5.- Reglamentar el acceso a los Monumentos Nacionales y aplicar o, en su defecto, proponer al Gobierno las medidas administrativas que sean conducentes a la mejor vigilancia y conservación de los mismos.
6.- Conceder los permisos o autorizaciones para excavaciones de carácter histórico, arqueológico, antropológico o paleontológico en cualquier punto del territorio nacional, que soliciten las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras en la forma que détermine el Reglamento, y
7.- Proponer al Gobierno el o los Reglamentos que deban dictarse para el cumplimiento de la presente ley. " |
04/02/1970 |
indefinido |
Ley N° 17.288, de fecha 4 de febrero de 1970, del Ministerio de Educación. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=28892 |
Comisión Chilena del Cobre. |
Representación |
"La Comisión Chilena del Cobre es un organismo funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, domiciliado
en la ciudad de Santiago, que se relacionará con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de Minería. Tiene por objeto servir de asesor técnico especializado del Gobierno en materias relacionadas con el cobre y sus subproductos y con todas las sustancias minerales metálicas y no metálicas, con excepción del carbón y los hidrocarburos, y desempeñar las funciones fiscalizadoras y las demás que le señala el presente decreto ley." |
28/04/1987 |
indefinido |
Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de fecha 8 de enero de 1987, del Ministerio de Minería. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=3428 |
Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes |
Representación |
Créase un Comité Interministerial que se denominará Consejo Nacional para el control de Estupefacientes y cuyo objetivo será asesorar al Presidente de la República en todas las materias relacionadas con la prevención y control del uso indebido, la producción y tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas y las demás actividades vinculadas con estos delitos como, asimismo, en lo relativo al tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por la drogadicción. |
21-09-1990 |
indefinido |
Decreto N° 683, de fecha 21 de septiembre de 1990, del Ministerio del Interior. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=15078 |
Consejo de Salud de las Fuerzas Armadas |
Representación |
Créase el Consejo de Salud de las Fuerzas Armadas, con el fin primordial de dirigir y supervigilar las construcciones, reparaciones y ampliaciones de servicios de los hospitales, enfermerías, centros de reposo y recuperación, clínicas dentales y demás establecimientos o servicios que tengan relación con las Fuerzas Armadas. Asimismo, deberá atender y decidir la adquisición de sus instrumentales y equipos, como también la compra, permuta y pago de expropiaciones de los terrenos necesario para sus construcciones o ampliaciones. |
04/02/1983 |
indefinido |
Ley N° 12.856, de fecha 04 de febrero de 1983, del Minsiterio de Defensa Nacional. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=27233 |
Caja de Previsión de la Defensa Nacional |
Representación |
"La actual Caja de Retiro y Montepío de las Fuerzas de Defensa Nacional, que en adelante se denominará ""Caja de Previsión de la Defensa Nacional"", es una institución autónoma con personalidad jurídica, sujeta a la supervigilancia del Ministerio de Defensa Nacional, cuyas funciones principales son las siguientes:
a) Pagar las pensiones y demás asignaciones que se decreten en conformidad a las leyes en favor del personal sometido a su régimen;
b) Formar un capital de reserva para atender el pago total de las pensiones y beneficios que establecen las leyes;
c) Otorgar los beneficios que contempla esta ley;
d) Atender los servicios y operaciones que consulten las leyes y los que en el futuro se creen por el Consejo Directivo con aprobación del Presidente de la República." |
18/04/1953 |
indefinido |
Decreto con Fuerza de Ley N° 31, de fecha 18 de abril de 1953. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=4148 |
Defensa Civil de Chile |
Representación |
"Créase una Corporación de Derecho Público que, con el nombre de Defensa Civil de Chile, tendrá a su cargo la misión de prevenir, evitar, reducir y reparar los efectos de cualquier catástrofe sea que provenga de conflictos armados o de fénomenos sísmicos, incendios, inundaciones, ruinas, epidemias u otros siniestros y calamidades públicas.
La acción de la Defensa Civil se efectuará por intermedio de las autoridades administrativas, militares o las que al efecto de designaren." |
16/02/1945 |
indefinido |
Ley N° 8.059, de fecha 16 de febrero de 1945, del Ministerio de Defensa Nacional. |
https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=25744 |